Dirección de Asesoría Jurídica
Sr. Juan Sebastían Jímenez Montecinos
Director
Artículo 29°: La Dirección de Asesoría Jurídica es la única unidad encargada de prestar apoyo en materia legales
al/la alcalde/sa y al Concejo Municipal, informar en derecho todos los asuntos legales que las distintas
unidades municipales le planteen, las orientará periódicamente respecto de las disposiciones legales
y reglamentarias y mantendrá al día los títulos de los bienes municipales.
La Dirección de Asesoría Jurídica tendrá las siguientes funciones generales:
- Prestar apoyo en materias legales al/la alcalde/sa y al Concejo Municipal.
- A requerimiento del/la alcalde/sa, iniciar y asumir la defensa de los juicios en que la
Municipalidad sea parte o tenga interés.
- Prestar Asesoría Jurídica o Defensa de la comunidad cuando sea procedente y el/la alcalde/sa
así lo determine.
- Informar en derecho todos los asuntos legales que el Concejo Municipal y las unidades
municipales planteen, manteniendo un archivo actualizado, para lo cual deberá considerar la
jurisprudencia de la Contraloría General de la República.
- Orientar periódicamente a las unidades municipales respecto de las nuevas disposiciones
legales y reglamentarias pertinentes.
- Dar forma y mantener al día los títulos de los bienes municipales.
- Efectuar las investigaciones y sumarios administrativos cuando lo ordene el/la alcalde/sa, o
ejercer la supervigilancia en la sustanciación de estos procedimientos cuando sea encargados
a funcionarios/as de otras unidades.
- Redactar los proyectos de ordenanzas, reglamentos, instructivos, convenios, contratos y otros
documentos que le encomiende el alcalde.
- Visar los proyectos de ordenanzas, reglamentos, instructivos, convenios, contratos y otros
documentos que le encomiende el/la alcalde/sa.
- Efectuar cobranza administrativa o judicial de impuesto, derechos, concesiones, arriendos o
impuesto territorial, o externalizar el servicio en caso que proceda.
- En generar apoyar a las distintas unidades municipales para buen ejercicio de la función
municipal.
- Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a la naturaleza
de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.