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Depto. Rentas y Patentes

Dirección : Av. Francia N° 011
Teléfonos: (35) 471101 – 471068 – 471205

Horario de atención: Lunes a Viernes de  09:00 a 14:00 hrs.

 

 

   
 
 
JEFE DE DEPARTAMENTO
 
Viviana Celis
 
Teléfono Móvil: 91832732
    
 
 
SECRETARIA
 
Eliana Rojas Gonzalez
 
Teléfono Móvil: 91832732
 
 
                                     
 

 

 

 

FUNCIONES

 

Es el   encargado de otorgar patentes comerciales, industriales, profesionales,  alcohol y de microempresa como lo dispone la Ley  Nº 3.063 de Rentas Municipales, con previa autorización  de los organismos respectivos y de las autoridades competentes, que permitan el ejercicio de dichas actividades.

 

Además es el encargado  tramitar Patentes Provisorias,  Temporales y cualquier tipo de permiso relacionado,  con actividad comercial con fines de lucro, preocupándose que esto se haga en forma ordenada, debidamente fiscalizado por Inspectores Municipales.

 

TRAMITES

 

  • Recepción y clasificación declaración de capital
  • Análisis, desglose y emisión certificado capital sucursales
  • Gestión año anterior para cuenta pública del alcalde
  • Confección rol de cargo patentes municipales
  • Emisión cobro publicidad instalada en la comuna
  • Inspecciones y notificaciones
  • Atención de público y funciones administrativas
  • Tramitación de solicitudes de patentes municipales
  • Control y giro de pagos por o.b.n.u.p.
  • Medición de publicidad locales comerciales
  • Realizar actividades tendientes al cumplimiento de normativas
  • Actualización expedientes de patentes definitivas y otros.

 

 

CONSULTAS MAS FRECUENTES:

 

 

Trámites que se deben realizar para obtener  patentes, ya sean, temporales, provisorias o definitivas.

 

PATENTE TEMPORAL: Para optar a este tipo de patente, se debe completar  y presentar  la solicitud respectiva,   dicho documento debe ser  retirada en este Depto., en horarios de oficina, y presentadas posteriormente en la oficina de Partes de este Municipio,  este trámite debe realizarse  en el mes de octubre de cada año.

Posteriormente  a contar de la 2da. Quincena del mes de  Noviembre,  se obtiene la respuesta,  no todas las solicitudes que se presentan se aprueban, éstas, de acuerdo a lo señalado en la Ley de Rentas 3.063, Art. 28,  son facultativas de la Autoridad Comunal.

En caso de obtener respuesta  favorable, el interesado inicia los trámites con los organismos involucrados (Servicio de Salud y Servicio de Impuestos Internos), además se debe presentar toda la documentación requerida para realizar la actividad comercial solicitada.

Este permiso comprende el período de Diciembre a Marzo del año siguiente, posterior a esta fecha,  no se puede seguir funcionando, a menos que postule nuevamente para la temporal estival  siguiente.

 

PATENTE DEFINITIVA: Esta patente  de acuerdo a lo que el nombre señala,  es de duración indefinida, es decir, queda sin efecto al momento que el contribuyente solicite su descargo o que pierda alguno de los requisitos  que sirvieron de base  para su otorgamiento.

Para  optar a esta patente,  debe cumplir con todos los requisitos señalados por la Ley, debiendo presentar la documentación requerida, su valor, dependerá de  la declaración de capital que presente el contribuyente,  pudiendo ser solicitada en cualquier fecha del año.

 

PATENTE PROVISORIA: El otorgamiento de esta patente,  es facultativo del Municipio, tiene validez por 1 año, no pudiendo ser  renovado nuevamente.

Se otorga en casos excepcionales, cuando al contribuyente  no ha podido  finalizar los tramites de la Recepción Final de su local, debiendo cumplir con las demás exigencias solicitas por la Ley de Rentas.

 

 

Plazos de pagos de las patentes

 

PATENTES TEMPORALES: Se puede pagar en cuotas, la 1era. en el mes de diciembre, antes de iniciar la actividad, y la 2da. Cuota, debe ser cancelada antes del  31 de enero,  del año  que se realiza la actividad comercial.

 

PATENTES DEFINITIVAS Y PROVISORIAS: El primer pago se realiza  una vez que se comienza la actividad, habiendo cumplido con todos los trámites requeridos por este departamento, posteriormente los pagos se realizan en los meses de enero y julio de cada año.

 

 

Forma  que se mide la publicidad en terreno, y su costo

 

La publicidad de los locales comerciales,  se mide todos los años, durante los meses de Enero y Febrero, local por local, lo que se mide en ese momento, será cobrado en el pago de patente, que se realiza en el mes de Julio y Enero próximo.

 

El costo es el siguiente:

 

  • Letreros, carteles o avisos luminosos por M2 o fracción, semestral (0,16 UTM).
  • Letreros, carteles o avisos no luminosos por M2 o fracción, semestral (0,35 UTM).